El obispo publica un decreto para corregir algunas "costumbres viciadas" en la Diócesis de Jerez

No se podrán celebrar misas dominicales los sábados por la mañana y se deberán respetar las horas del Jueves Santo y de la Vigilia Pascual

Tampoco podrán hacerse eucaristías de domingo de hermandad o de otros movimientos cristianos de manera habitual e independiente de la comunidad eclesial

La Diócesis de Jerez celebra la festividad de la Inmaculada Concepción

El obispo de la Diócesis, José Rico Pavés, durante una entrevista con Diario de Jerez.
El obispo de la Diócesis, José Rico Pavés, durante una entrevista con Diario de Jerez. / Manuel Aranda

No se podrán celebrar misas dominicales en los templos los sábados por la mañana; la Vigilia Pascual no se podrá empezar hasta que no se haga de noche en la jornada del Sábado Santo; y tampoco se podrá celebrar la Misa de la Cena del Señor en la mañana del Jueves Santo, sino por la tarde. Y se recuerda, además, que hay que estar confirmado para poder casarse por la Iglesia, ser padrino en un bautizo o formar parte de una junta de gobierno de una hermandad u otro puesto de responsabilidad dentro de la Iglesia.

Estas son algunas de las “orientaciones” de “carácter vinculante” que el obispo de la Diócesis ha establecido en un decreto publicado este miércoles por el Obispado de Jerez que entrará en vigor a partir del próximo día 29 y que es continuación de una carta pastoral que, bajo el título 'Salgamos al encuentro de Cristo, esperanza nuestra', suscribió el prelado el pasado 28 de noviembre.

Estos documentos son fruto del inicio del año litúrgico, que comienza con el primer domingo de Adviento y que se celebró el pasado 1 de diciembre, y del próximo inicio del Año Jubilar 2025 establecido por el Papa Francisco, que comienza el próximo día 25.

Las salidas procesionales, siempre de la mano de la "liturgia" 

En el decreto, Rico Pavés incide en la necesidad de aclarar y corregir determinados aspectos litúrgicos y sacramentales. Para empezar, apunta que, para que la vida diocesana se acomode al “año litúrgico”, determina que los ejercicios piadosos deben organizarse “teniendo en cuenta los tiempos litúrgicos, de modo que vayan de acuerdo con la Sagrada Liturgia”.

En la carta pastoral, ya se advierte de que las "expresiones de la piedad popular" —en esta denominación se incluyen las salidas procesionales de las hermandades— corren el riesgo de que se "desfiguran y pierden autenticidad cuando se pretenden vivir al margen de la liturgia". Ahora bien, y a preguntas de este medio, desde el Obispado se puntualiza que esto no quiere decir que no se vayan a autorizar los actos de cultos externos tales como salidas procesionales de carácter extraordinario que se realizan fuera de Cuaresma, puesto que este tipo de cultos ya están regulados por la normativa diocesana, aunque se incide en que estas deben ir siempre "de la mano de la liturgia".

Corrección de “costumbres viciadas” 

Por otro lado, se señala que los sacramentos de iniciación (bautismo, confirmación y primera participación en la eucaristía) no podrán celebrarse durante la Cuaresma, salvo casos excepcionales. Y, además, el prelado establece que se “corrijan dos costumbres viciadas” vinculadas a la liturgia. Para empezar, establece que las misas dominicales o fiestas de precepto no pueden celebrarse el sábado a mediodía o en una “fiesta de precepto el día anterior a mediodía”. Así, recuerda que esta puede celebrarse “una vez se ha completado la hora nona del día anterior” —a partir de las tres de la tarde—.  

En esta misma línea, el obispo establece un control sobre las eucaristías dominicales que, con carácter habitual, celebran de manera independiente algunos movimientos, hermandades y colegios para, de este modo, evitar que estas celebraciones vayan en detrimento de actividad de los centros parroquiales. Para ello, advierte de que “no se han de fomentar las misas de los grupos pequeños”, sino de que se ha de promover la celebración de misas donde toda la comunidad eclesial participe. Además, incide en que esta medida va encaminada también a "evitar que a las asambleas parroquiales les falte el necesario misterio de los sacerdotes".

¿Este el fin de las eucaristías que celebran algunas comunidades en templos o salones independientes de las eucaristías parroquiales de precepto? Sobre este asunto, la carta pastoral de José Rico Pavés señala: "Se debe recordar también que la misa dominical es por excelencia la 'misa de todos' en la que convergen los fieles de diferentes movimientos, hermandades, asociaciones o familias religiosas y que no ayuda a fortalecer la comunión entre todos los fieles la vivencia de la misa dominical siempre a solas con el propio grupo".

La obligatoriedad del sacramento de la confirmación 

En el decreto se recuerda también la obligatoriedad de respetar “la norma universal” sobre la necesidad de haber recibido el sacramento de la confirmación para ser padrino en un bautizo o en una confirmación, para contraer matrimonio o para asumir “determinadas responsabilidades en la Iglesia” tales como formar parte de una junta de gobierno de la hermandad, ser catequista o dar clases de religión en los centros educativos.  

También recuerda que el ministro que reparte la comunión no puede imponer el modo de hacerlo, sino que es el que la recibe quien lo decide, ya sea de pie o de rodillas y en la boca o en la mano. Eso sí, se recomienda que, si se recibe de pie, se haga previamente una reverencia. También se advierte de que no está permitido que los fieles “tomen por sí mismo” la sagrada forma o el cáliz, “ni mucho menos pasarlo de mano en mano entre ellos”, otro comportamiento habitual en algunos movimientos.

Respeto a las horas del Jueves Santo y del Triduo Pascual 

José Rico Pavés, en su decreto, también establece que se deben “respetar” los tiempos propios de cada celebración. De este modo, señala que la Misa de la Cena del Señor del Jueves Santo no se puede celebrar por la mañana, sino "al atardecer" —solo se permitirá hacerlo en caso de “extreman necesidad”—.  

Lo mismo ocurre con el inicio de la Vigilia Pascual del Sábado Santo cuya celebración debe hacerse “ya entrada la noche”, según se recoge en la carta pastoral y en el decreto diocesano. Por lo tanto, advierte de que no puede empezar cuando aún es de día ni puede extenderse hasta después del amanecer del Domingo de Resurrección.  

Jubileo de 2025 y aniversario de la Diócesis 

Finalmente, el decreto recuerda que en 2025 es el Jubileo Ordinario, que comenzará el próximo día 24. Para ello se establece que la Catedral, el Santuario de San Juan Grande y la Iglesia del Hogar San Juan serán los templos donde se podrá ganar la gracia jubilar, es decir, la indulgencia plenaria.  Por otro lado, aprovechando este año santo, se va a potenciar la labor del Hogar San Juan, una fundación vinculada al Obispado donde se atienden a transeúntes de larga duración.  

Además, el prelado indica que esta celebración servirá de impulso para la conmemoración del quincuagésimo aniversario de la creación de la Diócesis de Jerez en 2030.

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