El Supremo abre causa al senador del PP Manuel Baltar por circular a 215 km/h
Delito contra la seguridad vial
El Alto Tribunal aprecia indicios de delito contra la seguridad vial y designa instructora a la magistrada Ana Ferrer
El senador popular fue cazado circulando a 215 kilómetros por hora
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La Sala Penal del Tribunal Supremo ha abierto procedimiento al senador del Partido Popular José Manuel Baltar al apreciar indicios de un delito contra la seguridad vial, tras ser sorprendido circulando a 215 km/h, y ha designado instructora de la causa, conforme al turno establecido, a la magistrada de la Sala Ana Ferrer.
El tribunal recibió el pasado 27 de septiembre testimonio de juicio rápido y diligencias urgentes remitidas por juzgados de Zamora y Puebla de Sanabria, incoadas en virtud de atestado de la Guardia Civil, Agrupación de Tráfico, Subsector Zamora, por la comisión de un presunto delito contra la seguridad vial al conducir la citada persona un vehículo a motor a velocidad superior a la determinada en el Código Penal, según ha informado este martes el Alto Tribunal.
Una vez confirmado que José Manuel Baltar es senador en la actual legislatura, el Supremo solicitó informe a la Fiscalía, que interesó se declarase la competencia de la Sala para su conocimiento y efectuar la designación de instructor, al que corresponderá la decisión sobre las diligencias a practicar, solicitadas por el letrado defensor en su escrito de defensa. Interesó igualmente la notificación al denunciado, con solicitud del correspondiente Suplicatorio, ratificándose en las actuaciones practicadas por los juzgados de instancia, siendo las mismas suficientes, según la Fiscalía, para formular acusación.
En su auto, el Supremo explica que, antes de que se enviase la causa al alto tribunal, el Ministerio Fiscal había presentado escrito de acusación contra el senador, con fecha 12 de mayo de 2023, considerándolo autor de un delito contra la seguridad vial, en la modalidad de conducción de vehículos a motor a velocidad superior a la legalmente permitida del artículo 379.1 del Código Penal, y solicitando la imposición de una pena de 6 meses de multa a razón de cuota diaria de 10 euros, con la responsabilidad personal subsidiaria que en caso de impago establece el artículo 53 del Código Penal y 1 año y 1 día de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores.
Y el Juzgado de Instrucción, de conformidad con lo prevenido en el artículo 800.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, había acordado la apertura del juicio oral contra aquel, por hechos presuntamente constitutivos de un delito de conducción de velocidad notoriamente superior al Reglamento Ley Orgánica 15/2007.
Acreditada la condición de senador designado por el Parlamento de Galicia, el Juzgado de lo Penal nº 1 de Zamora, por auto de fecha 13 de septiembre de 2023, previo traslado a las partes, acordó la inhibición y remisión de las actuaciones en favor del Tribunal Supremo.
El Supremo, a la vista de que Baltar ostenta actualmente la condición de senador, y existiendo indicios de la comisión de un hecho delictivo por dicha persona aforada ante la Sala, acuerda que es competente para su conocimiento, por lo que procede a la apertura del procedimiento y la designación de magistrada Instructora.
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